REGULATORY UPDATE
Circular 9/2026: el cambio regulatorio del SPEI que obliga a rediseñar las transferencias móviles.
La homologación de la experiencia de usuario ya no es solamente una buena práctica. Participantes y participantes indirectos deben implementar el nuevo estándar antes del 14 de diciembre de 2026.
Banco de México publicó el 16 de junio de 2026 la versión 1.0 de las Guías para la homologación de la experiencia de usuario en transferencias electrónicas de fondos a través de dispositivos móviles. Un día después se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Circulares 9/2026 y 10/2026. La primera incorpora la obligación a las Reglas del SPEI; la segunda la articula con la Circular 3/2012 para transferencias entre cuentas de la misma institución.
La Guía no propone solamente una apariencia uniforme. Regula el recorrido desde el acceso a la funcionalidad hasta la notificación final, para transferencias ofrecidas a personas físicas desde aplicaciones móviles. Incluye transferencias básicas, operaciones con número telefónico, lectura o carga de QR y solicitudes de pago mediante notificaciones push. Los participantes y los participantes indirectos vinculados contractualmente tienen hasta el 14 de diciembre de 2026 para implementar el estándar.
EL CAMBIO NORMATIVO
Ocho frentes que deben llegar al producto.
Un mismo perímetro para transferencias inter e intra institución
La Guía comprende transferencias desde cuentas de depósito o fondos de pago electrónico hacia cuentas de la misma entidad o de una entidad distinta. No incluye movimientos entre distintos productos financieros del mismo cliente dentro de una misma institución.
Acceso visible a “Transferencias”
La aplicación debe ofrecer un elemento interactivo fácilmente localizable para iniciar el flujo. Dependiendo del mecanismo de autenticación, debe aparecer en la pantalla de inicio de sesión o en la pantalla principal, y conservar una ubicación consistente.
Un flujo común de cuatro etapas
La experiencia se ordena en inicio, ingreso de información, consistencia e integridad, y notificación. La lógica debe mantenerse tanto para operaciones internas como para aquellas enviadas a otra institución.
Captura ordenada y predecible
La información debe solicitarse en tres momentos: cuenta ordenante, beneficiario y datos de la transferencia. El usuario debe poder ingresar identificadores, seleccionar contactos o cuentas registradas y, cuando corresponda, utilizar códigos QR.
La revisión previa se vuelve parte del control
Antes de autorizar, la interfaz debe mostrar al menos monto, beneficiario, cuenta receptora, participante receptor y cuenta de origen. Las correcciones permitidas deben poder realizarse sin reiniciar innecesariamente la operación.
Seguridad adicional sin perder continuidad
Límites, enrolamientos, consentimientos, validaciones regulatorias y factores de autenticación pueden conservarse. Si interrumpen el flujo principal, la aplicación debe permitir que el usuario lo retome desde el punto correspondiente y explicar claramente lo ocurrido.
Mensajes, botones y estados bajo un estándar común
La comunicación debe ser directa, comprensible y libre de ambigüedad, con lenguaje cotidiano, frases cortas, íconos localizables y elementos interactivos de dimensiones adecuadas. Los estados enviado, en validación o rechazado deben distinguirse con claridad.
La evidencia de la transferencia también forma parte de la UX
La pantalla final debe concentrar los datos y el estado de la operación. En transferencias inter institución debe mostrar la clave de rastreo y un vínculo al CEP; además, debe facilitar el intercambio de un comprobante de la operación.
LECTURA SALAZAR
La obligación vive entre la norma, la pantalla y la operación.
Leer la Guía junto con las dos circulares.
La Circular 9/2026 incorpora las Guías a las Reglas del SPEI. La Circular 10/2026 hace lo propio en la Circular 3/2012 para el ámbito intra institución. El análisis de aplicabilidad debe separar ambos fundamentos y documentar sus sujetos obligados.
Traducir cincuenta y dos páginas en componentes y decisiones.
No basta con cambiar textos o colores. Deben revisarse arquitectura de navegación, orden de campos, edición, botones, mensajes, estados, comprobantes y los casos específicos de transferencia básica, DiMo y CoDi.
Homologar sin debilitar controles.
La experiencia debe convivir con límites transaccionales, autenticación, validaciones de seguridad y controles regulatorios. Producto y Tecnología deben preservar trazabilidad y permitir continuidad cuando una comprobación adicional interrumpa el recorrido.
La implementación requiere coordinación contractual.
Los participantes deben alinear con sus participantes indirectos los formularios, aplicaciones y evidencias de cumplimiento. La obligación no desaparece porque un tercero desarrolle u opere la interfaz utilizada por el cliente.
03 · RUTA DE IMPLEMENTACIÓN
Qué debe ocurrir antes del 14 de diciembre.
- Delimitar las aplicaciones, tipos de cuenta, perfiles de cliente y flujos incluidos, diferenciando SPEI, operaciones intra institución, DiMo, CoDi, QR y notificaciones push.
- Documentar el recorrido actual de cada transferencia mediante pantallas, campos, mensajes, validaciones y responsables de sistema.
- Construir una matriz de brechas contra cada requerimiento de la Guía, identificando fundamento, criticidad, propietario, evidencia y fecha objetivo.
- Acordar con Producto, UX, Tecnología, Seguridad, PLD, Operaciones y Legal un diseño común que preserve controles y elimine fricciones no justificadas.
- Alinear con el participante SPEI, los participantes indirectos y proveedores tecnológicos el alcance contractual, las dependencias y las pruebas de aceptación.
- Probar recorridos exitosos y excepciones: saldo insuficiente, cuentas no registradas, límites, autenticación adicional, rechazo, validación, interrupción y acceso al CEP.
- Conservar evidencia de aprobación, pruebas, liberación y correspondencia entre la versión implementada y la versión vigente de las Guías.
- Planear la liberación con holgura suficiente antes del 14 de diciembre de 2026 y establecer un control para identificar futuras versiones publicadas por Banco de México.